13/01/2023
Con el comienzo del año 2023, comienzan a aplicarse y a entrar en vigor un buen número de novedades entre ellas: la revalorización de las pensiones en un 8,5% con carácter general y en un 15% en el caso de las pensiones no contributivas y de la renta garantizada en el Ingreso Mínimo Vital, las medidas que empezarán a aplicarse en 2023.- Comienza a aplicarse el nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- Reducciones de cuotas para las empresas y autónomos de Cuenca, Soria y Teruel. Las empresas se beneficiarán de una reducción del 5% en la cotización por contingencias comunes de las empresas por todos los contratos indefinidos existentes en el ámbito provincial, del 15% en los nuevos contratos indefinidos y del 20% en nuevos contratos indefinidos en empresas situadas en municipios de hasta 1.000 habitantes.
- Aplicación del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), la aportación extraordinaria y temporal de 0,6 puntos porcentuales de la cotización por contingencias comunes, repartido entre la empresa y el trabajador con la misma distribución que en las cotizaciones sociales.
- Los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social podrán ser adscritos a órganos de la Administración General del Estado o sus Organismos públicos:Con ello, se posibilita dar un uso público, al servicio de los ciudadanos, a inmuebles de los que es propietaria la Seguridad Social pero que no están siendo utilizados por ella.
- En 2023 empezará a aplicarse la nueva regulación de los planes de pensiones de empleo, que permitirá ampliar la población cubierta por estos planes, acercándonos a la situación de los principales países europeos.
- Entra en vigor el incentivo al empleo, que se calcula de oficio para los perceptores del IMV que se incorporen al mercado laboral o aumenten el número de horas de trabajo, en el caso de que ya tengan actividad laboral, y que garantiza que su renta disponible sea superior a la que habrían tenido sin incentivo.
- Entra en vigor la acción concertada, que sustituye el sistema de subvenciones anuales para el sistema de acogida tanto para los solicitantes de protección internacional como para los receptores de atención humanitaria.